REGLAMENTAN LEY QUE PROMUEVE LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS JÓVENES

 A través de la ley de Empleo Joven se otorgará crédito fiscal a empleadores que contraten a personas de entre 18 a 35 años. También contempla beneficios para jóvenes que se inscriban como monotributistas. 

A través del decreto 402/2023, este jueves fue reglamentada la Ley Provincial N°3360, que crea el “Programa de acompañamiento al empleo y emprendedurismo joven de la provincia del Neuquén”. Las empresas neuquinas que contraten personas jóvenes podrán acceder a un crédito fiscal, en tanto que las juventudes que se inscriban este año como monotributistas también tendrán beneficios.

Entre los principales objetivos del “Programa de acompañamiento al empleo y emprendedurismo joven de la provincia del Neuquén”, figuran reducir la tasa de desocupación juvenil, facilitar el emprendedurismo joven, formalizar el empleo no registrado de la población joven y reducir la brecha de género en el ámbito laboral

Las personas interesadas ya pueden inscribirse en la página web del ministerio de Niñez, Adolescencia, Juventud y Ciudadanía, ministerionajc.gob.ar donde se detallan los requisitos para acceder a los beneficios y se puede subir la documentación requerida, cómo así también contar con información y consultar la ley.

Se destacó que la normativa, sancionada por la Legislatura Provincial en noviembre del año pasado, permitirá más y mejores puestos laborales para las juventudes neuquinas de 18 a 35 años. Busca generar igualdad de condiciones en el acceso al trabajo para toda la población juvenil, reduciendo brechas para mujeres, personas trans o no binarias, al tiempo que fomenta el empleo en comunidades pequeñas. 

En el caso de las empresas, el beneficio consta de un crédito fiscal del 50% de las contribuciones devengadas y abonadas por cada persona joven contratada, pudiendo ampliarse. Los adicionales son: 10% más cuando la contratación sea de una mujer, persona trans o no binaria; 15% cuando la contratación constituya el primer empleo; 5% cuando la persona incorporada cuente con cursos del Centro PyME-Adeneu, de la subsecretaría de Juventud o los Centros de Formación Profesional dependientes del ministerio de Educación y Gobierno; 10% cuando la empresa se encuentre radicada en localidades de hasta de 5000 habitantes y finalmente, 10% cuando la persona sea titular de programas sociales de alcance nacional, provincial o municipal.

Este beneficio podrá aplicarse como pago a cuenta del impuesto provincial sobre los Ingresos Brutos, el Impuesto Inmobiliario y/o el Impuesto de Sellos a cargo de la empresa contratante.

El crédito fiscal regirá por un plazo de 12 meses, y podrá prorrogarse por única vez y por igual período con autorización del ministerio de Niñez, Adolescencia, Juventud y Ciudadanía, que es la autoridad de aplicación de la ley. El control y la fiscalización del cumplimiento de la norma recae en la subsecretaría de Trabajo.

Las personas jóvenes deberán acreditar residencia mínima de un año en la provincia y no deben contar –al momento de la inscripción- con un empleo formal registrado.

Emprendedores

Los beneficios de la normativa alcanzan también a personas jóvenes que cuentan con un emprendimiento, tienen un oficio, prestan un servicio o son profesionales e independientes. Si se inscriben este año como monotributistas en el régimen simplificado en las categorías A, B, C o D, podrán ser eximidos del pago de Ingresos Brutos durante 12 meses. Se solicita un año mínimo de residencia en Neuquén y tener entre 18 a 35 años.

Se indicó que las empresas y las personas jóvenes beneficiarias deberán completar por única vez un formulario de alta, de acuerdo con los requisitos que se informan en la página web.

En la segunda etapa, una vez validada la documentación por la autoridad de aplicación, se concederá a las empresas un usuario y contraseña que las habilitará a ingresar a la plataforma, donde podrán informar/cargar aquellos nuevos puestos de trabajo que cumplan con los requisitos. Mensualmente, las empresas deberán acreditar mediante el ingreso en la plataforma los aportes y la documentación requerida en la página web oficial.

En cuanto a las personas jóvenes beneficiarias deberán efectuar el mismo proceso por única vez con la documentación requerida en la página web oficial.